2/19/2024
Te contamos las modificaciones fiscales más destacadas de este año:
- Si has estado dad@ de alta como autónom@ en cualquier momento del año fiscal deberás presentar la declaración de la Renta. Anteriormente, esta obligación solo aplicaba a aquellos autónom@s cuyos ingresos netos superaran los 1.000€ al año o que obtuvieran rentas inmobiliarias por encima de este umbral.
- Incremento en el límite deducible en el IRPF por los planes de pensiones. Este límite se ha aumentado de 1.500€ a 5.750€, lo que te permite deducirte hasta 4.250€ adicionales al año en el impuesto sobre la Renta. Es importante destacar que estos planes deben ser promovidos por asociaciones de autónom@s u otros organismos oficiales.
- Posibilidad de deducirte los gastos de suministros de vivienda, como luz, agua o Internet, en proporción al uso que hagas del inmueble para tu actividad profesional, además del uso personal. Esta deducción ha sido aceptada por la Dirección General de Tributos, conforme a la legislación vigente.
- Si tributas mediante el sistema de estimación objetiva podrás aplicarte una reducción del 5% en el IRPF sobre los ingresos netos, frente al 10% del año anterior. Sin embargo, las reducciones especiales para actividades agrícolas, ganaderas y otras situaciones se mantienen sin cambios.
- Si eres autónom@ empresario con una compañía podrás beneficiarte de reducciones en el Impuesto de Sociedades. Y si tienes una pyme o startups, contarás con tipos reducidos.
- Deberás presentar la declaración trimestral del IVA entre los días 1 y 22 de los meses de abril, julio y octubre.
- La campaña de la declaración de la Renta comenzará el 3 de abril y finalizará el 30 de junio, con la posibilidad de domiciliar el pago hasta el 26 de junio.
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