El trabajador cobrará la baja laboral mientras no se revise su situación médica

El empleado que haya completado el período de cobertura por licencia laboral temporal tiene el derecho a recibir la compensación correspondiente, mientras espera la evaluación de su condición por parte de un profesional médico del sistema de Seguridad Social, quien determinará si continúa en la situación de incapacidad temporal o si se le reclasifica como permanentemente incapaz. La responsabilidad de proporcionar esta prestación sigue recayendo en la entidad colaboradora designada por el sistema, a la cual su empleador está afiliado.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha emitido una aclaración sobre lo que sucede cuando un trabajador agota el plazo máximo de cobertura por incapacidad temporal, es decir, la baja laboral, y debe esperar a ser evaluado por la Seguridad Social para determinar si debe regresar al trabajo o ser clasificado como permanentemente incapacitado, lo que implicaría una pensión correspondiente.

¿Cuál es el periodo máximo de duración de baja laboral?

La licencia laboral temporal tiene una duración máxima de 540 días, es decir, 18 meses. A partir de ese momento, el sistema de salud público tiene un plazo máximo de 90 días para evaluar la situación del empleado. En situaciones excepcionales, la revisión médica puede extenderse hasta los 730 días.

La circular del INSS, titulada 'Criterio de gestión 26/2023', establece lo siguiente: "De acuerdo con el artículo 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social, cuando la incapacidad temporal, es decir, la baja laboral, llega a su fin debido a la expiración del período de 545 días, es necesario realizar una evaluación del estado del incapacitado con el fin de determinar su grado de incapacidad permanente correspondiente en un plazo máximo de 90 días".

No obstante, aclara que "en casos excepcionales, cuando se agotan los plazos indicados para que el empleado esté en licencia laboral, la calificación de incapacidad permanente puede no haberse producido, lo que lleva a una extensión de la situación de incapacidad temporal más allá de los 730 días".

¿El trabajador cobrará la baja laboral mientras no se revise su situación?

Sí. El criterio final de gestión de la Seguridad Social es que el empleado tiene derecho a continuar recibiendo la prestación mientras no haya pasado por la evaluación médica de la Seguridad Social para determinar si debe ser reclasificado como permanentemente incapacitado. La entidad colaboradora correspondiente es la responsable de proporcionar esta prestación.

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