El preconcurso como herramienta estratégica para remontar empresas con dificultades

Seguramente lo habrás leído o escuchado más de una vez. Un empresario individual o una sociedad mercantil, prósperos durante algunos años, de pronto dejan de dar beneficios. Lo que parece un hecho circunstancial, un bache en el camino, se convierte en una amenaza para la continuidad de la actividad. Los bancos aprietan, los impuestos se aplazan y las nóminas se retrasan incluso más de medio mes.

 

Aparentemente sólo hay dos caminos posibles: seguir hacia adelante, rezando para que la situación económica se enderece por sí misma (lo que no siempre es probable) o, para evitar riesgos, solicitar directamente el Concurso de acreedores (que, en la mayor parte de los casos, lleva al cierre de negocio). Sin embargo, muchas veces existe una tercera opción, no apta para todas las empresas con dificultades económicas, pero que, en determinadas circunstancias, podría ser una auténtica tabla de salvación para determinados empresarios o profesionales. Estamos hablando del preconcurso.

 

¿Qué es el preconcurso?

Formalmente, consiste en la comunicación por parte del empresario al juzgado competente de que ha iniciado o se dispone a iniciar negociaciones con todos o algunos (entiéndase los principales) de sus acreedores.

 

Materialmente, comprende todo el proceso de negociación con los acreedores, que pueden ser desde entidades crediticias hasta administraciones públicas, que culminaría con un acuerdo de refinanciación, o incluso intentar un acuerdo extrajudicial de pagos.

 

¿Para quién está pensado?

Se trata de una herramienta muy interesante para aquellas sociedades o empresarios individuales que se encuentren ya en situación de insolvencia (entendida como imposibilidad de cumplir regularmente sus obligaciones) o que prevean su inminencia (en menos de tres meses) y que, de no haberse acumulado las deudas pendientes, serían o podrían llegar a ser (realizando los ajustes y/o reestructuraciones pertinentes) negocios rentables y viables.[*]

 

Por el contrario, para aquellas empresas, cuyo modelo de negocio esté obsoleto o cuyo mercado sea menguante, acudir al preconcurso seguramente supondría agravar las consecuencias de un procedimiento concursal cuyo inicio se habría demorado innecesariamente, perjudicando las expectativas de cobro de los acreedores.

 

[*nota: además de la insolvencia actual y la inminente, la Ley prevé un tercer supuesto que es la probabilidad de insolvencia en los próximos dos años. No entramos a comentarlo, ya que nos parece poco realista que, con un horizonte temporal tan dilatado, los acreedores estén dispuestos a modificar el importe o los plazos de cobro]

 

¿Qué ventajas ofrece?

Ante todo, la comunicación de preconcurso busca poder disponer de un tiempo (tres meses, ampliables a otros tres) extra para poder tomar decisiones estratégicas de manera menos apresurada y, sobre todo, negociar con los acreedores una mejora de las condiciones de pago, que pueden ir desde quitas (reducción de la deuda) o esperas (más plazo de pago) hasta conversiones de deuda en capital, obtención de nueva financiación o, incluso, venta de unidades productiva.

 

Durante el periodo de duración del preconcurso, se producen, entre otros, los siguientes efectos:

 

  • Los acreedores no podrán iniciar ejecuciones sobre los bienes o derechos necesarios para la continuidad de la actividad

 

  • No se puede producir un vencimiento anticipado automático de los créditos

 

  • Ningún acreedor puede solicitar un concurso necesario contra el preconcursado

 

En definitiva, podemos concluir que el preconcurso de acreedores es una herramienta estratégica para empresas en dificultades, que permite negociar con los acreedores desde una posición protegida, ganar tiempo y evitar la agravación de la insolvencia.

 

Solicitarlo a tiempo, podría marcar la diferencia entre la continuidad empresarial y la liquidación.

 

Quedamos a tu disposición para prestarte un asesoramiento individualizado que nos permita concluir si el preconcurso podría ser conveniente para tu concreta situación de crisis económica y, en tal caso, estudiar la manera de afrontarlo con las mejores garantías de éxito. En caso de que, una vez analizados los pros y contras, decidas iniciar esta vía, podemos acompañarle en todas sus fases, desde la presentación de la comunicación al Juzgado hasta la propia negociación con los acreedores.

 

Javier López

Abogado de TAX Legal

jlopez@tax.es

 

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top