El nuevo requisito formal para los despidos en 2025: la audiencia previa

Despedir a un trabajador en España es cada vez más complejo. La legislación laboral evoluciona constantemente, añadiendo requisitos formales que pueden convertir un despido justificado en improcedente si no se respetan ciertos procedimientos. Entre los últimos cambios que marcarán un antes y un después en 2025, destaca la obligatoriedad de celebrar una audiencia previa antes de formalizar un despido disciplinario.

 

¿Qué es la audiencia previa?

La audiencia previa está contemplada en el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta norma exige que, antes de despedir a un trabajador, se le brinde la oportunidad de conocer los hechos que se le imputan y de presentar alegaciones, con el fin de evitar situaciones de indefensión.

Aunque este principio existe desde 1985, en la práctica solo se aplicaba cuando el convenio colectivo lo exigía expresamente o cuando la empresa tenía representante de los trabajadores. Sin embargo, esto ha cambiado tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 1250/2024, de 18 de noviembre), que generaliza su aplicación a todos los despidos disciplinarios, sin excepción.

 

¿Cómo debe aplicarse?

A partir de ahora, cualquier despido disciplinario, por muy justificado que esté, deberá ir precedido de este trámite. Antes de entregar la carta de despido, la empresa debe informar al trabajador de las causas que motivan la decisión y concederle un plazo razonable para responder.

No existe aún un plazo fijo legal para estas alegaciones. Algunas sentencias previas aceptaban que el trámite se realizara incluso el mismo día (como la STSJ de 14 de octubre de 2024), siempre que se garantizara la posibilidad real de defensa. Sin embargo, la recomendación actual es conceder al menos 2 o 3 días hábiles, asegurando así que el trabajador tenga tiempo suficiente para ejercer su derecho a ser escuchado.

 

¿Qué ocurre si no se realiza?

El incumplimiento de este nuevo requisito convierte automáticamente el despido en improcedente, incluso si los motivos alegados son graves y bien documentados. Es un cambio importante que obliga a las empresas a extremar el cuidado en la tramitación de despidos disciplinarios.

 

¿Cómo proceder en casos sensibles?

Si los hechos imputados son especialmente graves y se considera que la presencia del trabajador puede generar riesgos para la empresa, es posible otorgarle esos días como permiso retribuido. También se puede realizar la notificación a través de burofax, por ejemplo, si el trabajador se encuentra de baja médica y los hechos son anteriores a dicha baja.

 

En resumen

“La recomendación para todas las empresas es clara: garantizar el derecho del trabajador a conocer los hechos que se le imputan y permitirle ejercer su defensa antes de ser despedido. No realizar este paso, por formal que parezca, será suficiente para que cualquier despido disciplinario sea declarado improcedente.”

 

Desde ahora, antes de despedir, hay que escuchar. La audiencia previa se convierte en una etapa clave en cualquier despido disciplinario. Informar, conceder un plazo y permitir que el trabajador se defienda ya no es una cortesía: es una obligación legal.

 

¿Tienes dudas? Desde TAX podemos ayudarte

 

Laura Narváez

Asesora laboral de TAX Figueres

lnarvaez@tax.es

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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