Devolución del IVA soportado en 2024 en otros países de la Unión Europea. Lo puedes solicitar hasta el 30 de septiembre

Devolución del IVA soportado en 2024 en otros países de la Unión Europea.

 

Te informamos que el próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución del IVA que empresarios o profesionales establecidos en territorio español hayan soportado durante el 2024 en otro país de la Unión Europea, siempre que no se haya solicitado previamente de manera trimestral. La solicitud de devolución debe realizarse a través del modelo 360.

 

Los empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla presentarán la solicitud de devolución de las cuotas soportadas en la Península o en las Islas Baleares a través de este mismo formulario.

 

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de la solicitud de devolución se iniciará el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural y finaliza este año el 30 de septiembre de 2025.

 

Sitio y forma de presentación

La presentación del formulario 360 se efectuará con carácter obligatorio por vía telemática a través de internet.

 

También se puede presentar a través de un tercer autorizado. Para hacerlo, este deberá estar autorizado a recibir las notificaciones telemáticas del contribuyente.

 

Cuantía mínima de la solicitud de devolución

El importe total de la devolución pedida en una sola solicitud trimestral no podrá ser inferior a 400€, y cuando el periodo de referencia sea todo el año natural, no se admitirán las solicitudes de devolución por importe inferior a 50€.

 

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