Cuarta línea de ayudas para establecimientos de ocio nocturno cerrados por las restricciones sanitarias de la Covid-19

El lunes 19 de julio se publicó en el DOGC la cuarta línea de ayudas para establecimientos de ocio nocturno en Cataluña. Con esta cuarta línea se quiere dar continuidad a la ayuda pública para el mantenimiento de los negocios ante la disminución drástica de la facturación derivada de los cierres.

 

Beneficiarios:
Los profesionales autónomos y pymes titulares de un establecimiento de ocio nocturno, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas, que han sido obligadas al cierre de sus espacios cerrados en base a la Resolución SLT/2147/2021, de 8 de julio, por la cual se prorrogan y se modifican las medidas para la contención de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña, y que obliga al sector del ocio nocturno, a suspender su actividad en espacios cerrados.

Se entienden como establecimientos dedicados al ocio nocturno, los locales y los establecimientos con licencia o que hayan presentado la comunicación previa como discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes y discotecas de juventud.

 

Cuantía de la ayuda:
Bares musicales, discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculos, salas de fiestas con espectáculos y conciertos de infancia y juventud, discotecas de juventud y karaokes, aportación única con una cuantía máxima de:

  • 8.000€ para establecimientos de menos de 10 trabajadores.
  • 30.000€ para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo de menos de 1.300 personas.
  • 50.000€ para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo de 1.300 personas o más.

A efectos de esta Resolución, se tendrá en cuenta el número de personas trabajadoras que han tenido de media en 2019. En el caso de empresas que han iniciado su actividad el 2020 o 2021, se tendrá en cuenta el número de personas trabajadoras que han tenido de media desde la fecha de inicio de su actividad hasta la entrada en vigor de la Resolución SLT/2147/2021, de 8 de julio.


Plazo para hacer la solicitud:
La convocatoria no está abierta todavía, pero se prevé que lo haga próximamente.

Es necesario presentar la solicitud para esta cuarta convocatoria, aunque se haya solicitado la primera, segunda o tercera convocatoria de subvenciones para el ocio nocturno y parques infantiles privados. La solicitud se debe realizar telemáticamente en la web de Canal Empresa.

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top