Consecuencias del incumplimiento de la declaración responsable firmada para acceder a una ayuda

La declaración responsable se ha utilizado desde el principio de la pandemia para que los autónomos puedan solicitar el cese de actividad, ayudas de las comunidades autónomas y otras prestaciones y subvenciones.

 

¿Qué implica firmar la declaración responsable?
La declaración responsable está regulada en la Ley 39/2015, y al firmarla los autónomos se comprometen a cumplir los requisitos o normas que se establecen en este trámite durante el tiempo en que disfrutan de la ayuda, derecho o trámite.

Cuando un autónomo presenta la declaración ante la Administración asegura que cumple los requisitos para solicitar un crédito o una ayuda u obtener una licencia. Como contrapartida, esta declaración le permite al autónomo agilizar los trámites y gestiones.

 

¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento de la declaración responsable?

  • Según el Artículo 69, “la inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato o información que se incorpore una declaración responsable o no presentar la documentación pertinente a la Administración, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio o derecho o actividad afectada”.
  • El incumplimiento puede conllevar responsabilidades penales, civiles o administrativas. Así, los autónomos que no cumplan los requisitos, como mínimo deberán devolver el dinero recibido y, además, serán sancionados. Por este motivo es de vital importancia que antes de firmar, el autónomo se asegure de cumplir todos los requisitos para acceder al trámite.
  • En el ámbito público, el incumplimiento podría derivar en la imposibilidad de ejercer el derecho en cuestión i la devolución de la cantidad percibida.
  • En el ámbito privado, la declaración responsable está supeditada al contrato firmado entre el autónomo y la entidad privada, ya que no está recogida en la ley. Puede conllevar la rescisión de contrato y también un delito de estafa o falsedad (Art. 10 del Código Civil) en casos de créditos, segunda oportunidad o moratorias.
  • Además de las sanciones, durante el periodo de tiempo establecido en las normas sectoriales aplicables, el autónomo no podrá optar a ningún procedimiento que tenga el mismo objeto.
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