4/21/2023
El Gobierno ya ha confirmado el calendario para la Campaña de la Renta y Patrimonio 2022. El calendario de la declaración dependerá de cómo se presente esta declaración.
¿Cómo se puede presentar la declaración de la renta?
- A través de internet: Se podrá acceder al borrador, modificar y presentar la declaración a través del programa Renta web, entre el 11 de abril y el 30 de junio. Si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, la fecha límite será el 27 de junio. ¿Cómo se deberá presentar la declaración?
- A través de la web o la App de la Agencia Tributaria.
- Con el DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. El número de referencia se puede obtener introduciendo una serie de datos personales en el portal de la Agencia Tributaria.
- Por teléfono: En este caso se deberá pedir cita previa por internet o por teléfono entre el 3 de mayo y el 29 de junio. Se podrá acceder a la declaración por teléfono entre el 5 de mayo y el 30 de junio. Será necesario tener toda la documentación y los datos necesarios a mano cuando recibas la llamada de Hacienda.
- Presencial: Será necesario pedir cita previa y ésta se podrá solicitar a partir del 25 de mayo y hasta el 29 de junio aunque el primer día de presentación de la declaración será el 1 de junio, hasta el 30 de junio.
¿Cuáles son las fechas clave para la declaración de la renta?
- 11 de abril: Se abre el plazo para presentar la declaración por internet.
- 3 de mayo: se abre el plazo para pedir cita previa para presentar la declaración telefónica.
- 5 de mayo: Empieza la presentación de la declaración por teléfono.
- 25 de mayo: Está disponible la cita previa para la presentación presencial.
- 1 de junio: La Agencia Tributaria empieza a atender presencialmente a los contribuyentes.
- 27 de junio: Finaliza el plazo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
- 30 de junio: Último día para presentar la declaración de la renta.
Principales novedades:
- Independientemente del nivel de rentas, estarán obligadas a declarar todas aquellas personas que hayan sido dadas de alta en algún momento del año en el régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
- Habrá modificaciones en el IRPF en las comunidades autónomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo. Estas son: Madrid, Galicia, la Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia.
- Se reduce de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados. Por el contrario, se ha ampliado en 500 euros, hasta los 8.500, la reducción que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.
- Se permitirá aplicar la deducción por maternidad a las madres de niños menores de tres años sin empleo y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora, para contar con el descuento, era necesario que la mujer realizase una actividad por cuenta propia o ajena.
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