12/31/2021
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves 30 de diciembre las bases reguladoras de las ayudas del 'Kit Digital' para digitalizar pymes y autónomos que contempla un bono digital de entre 2.000 y 12.000 euros, en función del número de empleados. Está pendiente que se abra la convocatoria para poder solicitar la ayuda.
¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
Su objetivo es facilitar que pymes y autónomos adopten soluciones de digitalización en diversos ámbitos, como:
- Presencia en Internet
- Comercio electrónico
- Gestión de redes sociales
- Digitalización de las relaciones con los clientes
- 'Business intelligence' y analítica
- Implantación de la factura electrónica
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Comunicaciones seguras y ciberseguridad.
¿Con qué presupuesto cuenta el Kit Digital?
Tiene disponible un presupuesto de 3.067 millones de euros para el periodo 2021-2023.
¿A qué ayudas podrán acceder las empresas y autónomos?
- Empresas de entre 10 y 50 empleados: 12.000€.
- Empresas de entre 3 y 9 empleados: 6.000€
- Empresas de 0 a 3 empleados: 2.000€
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas y autónomos?
- Cumplir la normativa de la Ley General de Subvenciones
- Disponer de la evaluación de “Madurez Digital”, conforme al test de diagnóstico que pone a disposición la plataforma Acelera pyme.
¿Quién ofrecerá las soluciones y servicios de digitalización?
Las soluciones y servicios de digitalización para pymes y autónomos serán ofrecidas por entidades adheridas al programa 'Kit Digital', que se convertirán en 'agentes digitalizadores'.
Las compañías interesadas en ser identificados como 'agente digitalizador' podrán adherirse próximamente a través de la sede electrónica de Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Los 'agentes digitalizadores' adheridos podrán colaborar en las tareas de solicitud y serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa. Las pymes y autónomos podrán informarse de los 'agentes digitalizadores' adheridos en la web oficial 'www.acelerapyme.es'.
¿Cuál es el plazo de la convocatoria?
El BOE avanza que cuando se lancen las convocatorias, las empresas interesadas en solicitar el 'bono digital' dispondrán de al menos tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario- para presentar su solicitud.
Igualmente, tendrán un plazo máximo para la firma de los 'Acuerdos de prestación de Soluciones de Digitalización' entre las empresas beneficiarias y los 'Agentes Digitalizadores Adheridos' de seis meses desde que se les notifique la concesión del 'bono digital'.
Las empresas interesadas pueden comprobar en la web oficial 'www.acelerapyme.es' su nivel de digitalización a través de un 'test de autodiagnóstico', consultar el catálogo de digitalizadores, encontrar su oficina Acelera pyme más cercana y acceder a contenidos de utilidad para mejorar y potenciar su digitalización. También pueden acceder a toda la información y recibir asesoramiento en el teléfono 900 909 001, o presencialmente en las oficinas Acelera pyme distribuidas por toda la geografía española.