Ayudas para organizadores de actividades feriales y competiciones deportivas oficiales (Cataluña)

AYUDAS EXTRAORDINARIAS PARA ORGANIZADORES DE ACTIVIDADES FERIALES

Se pueden pedir a partir de mañana 18/03

 

¿Quién lo puede pedir?
Los organizadores de actividades feriales, entendiendo como actividades feriales las manifestaciones comerciales que tienen por objeto la exposición de bienes o la oferta de servicios para favorecer su conocimiento, la innovación, la difusión, promover contactos e intercambios comerciales y acercar la oferta de las diversas ramas de la actividad económica a la demanda, que estén inscritas en el Registro de actividades feriales de la Dirección general de Comercio y reúnan las características establecidas en el artículo 40 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias (DOGC núm. 7426, de 03/08/2017).

 

¿Cuáles son las condiciones para pedir la ayuda?

  • Que tanto los organizadores de las actividades feriales como las actividades feriales objeto de la ayuda estén inscritas como tales y activas en el Registro de actividades feriales de la dirección general de Comercio, en el momento en el que hayan sido suspendidas y en la fecha de la publicación de las bases de la convocatoria.
  • Que la entidad organizadora realice, como máximo, un total de 15 actividades feriales al año.
  • Si la actividad ferial no se ha celebrado: que el organizador haya tenido algún gasto previo a su suspensión. (En caso de que el organizador de la actividad ferial sea un ente local o una entidad dependiente de este, únicamente se podrá acoger a esta ayuda si ha tenido un gasto previo externo. No se admitirán gastos de capítulo 1).
  • Si la actividad ferial se ha celebrado: que haya reducido el número de expositores y/o ingresos en más del 50% en relación con la última edición; o bien se haya realizado de manera virtual o híbrida.
  • Las actividades feriales objeto de solicitud debían estar previstas en el periodo comprendido entre el día 14 de marzo de 2020 hasta el día 11 de marzo de 2021, fecha de publicación de las bases de esta convocatoria.
  • En el caso de los organizadores de actividades feriales que opten a la ayuda para recinto fijo y cubierto, deberán declarar de manera responsable que el recinto mencionado se destina, como mínimo, a la organización de dos actividades feriales anuales.

 

¿Cuáles son los tipos de ayuda?
Ámbito 1 – ayudas para organizadores de actividades feriales que han tenido que suspender la actividad cuando ya habían realizado algún gasto o que han realizado la actividad pero que han tenido que reducir el número de expositores y/o ingresos en más del 50% en relación con la última edición, o bien realizarla de manera virtual o híbrida.

Ámbito 2 – ayudas para organizadores feriales con el recinto fijo y cubierto, en los que se celebren como mínimo dos actividades feriales anuales.

 

¿Cuándo y cómo se puede pedir?
Se puede pedir del 18 al 24 de marzo a través de este link

 

AYUDAS A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE COMPETICIONES DEPORTIVAS OFICIALES APLAZADAS POR COVID-19

Se pueden pedir a partir de mañana 18/03

Ver infografía

 

¿Cuándo y cómo se puede pedir?
Se puede pedir del 18 al 24 de marzo a través de este link

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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