1/23/2024
Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Gobierno de España ha publicado un nuevo pack de ayudas.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Se dirigen a proyectos de ámbito nacional (aquellos que se desarrollen en, al menos, dos Comunidades Autónomas), realizados por entidades cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
Las entidades pueden ser:
a) Entidades representativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de cualesquiera otras entidades de la Economía Social.
b) Entidades de la Economía Social que realicen actuaciones en el ámbito nacional, de acuerdo con lo que se recoge en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
c) Agrupaciones de entidades cuando cumplan lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Podrán formar parte de estas agrupaciones las entidades englobadas en los apartados a) y b) anteriores, junto con las universidades, centros de investigación y las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional.
Programas y tipos de proyectos:
a) Programa 1: TRANSFORMA_ES. Proyectos en materia de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional actual o previsible, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social gestionadas por sus trabajadores y trabajadoras.
b) Programa 2: INICIATIVA_ES. Proyectos de creación y consolidación de entidades del tejido productivo de la Economía Social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil y femenino.
c) Programa 3: IMPULSA-TEC. Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la Economía Social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.
d) Programa 4: ALIANZAS_ES. Proyectos de promoción de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.
e) Programa 5: SOSTENIBLE_ES. Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la Economía Social y focalizada en la atención de colectivos en situación de vulnerabilidad.
¿Qué gastos son subvencionables?
- Gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un impacto duradero sobre la economía y la sociedad.
- Estar relacionados con la actividad objeto de la ayuda y que se necesiten para su realización.
- Haber sido contraído durante el periodo de ejecución de cada proyecto, que se hayan pagado antes del fin del plazo de justificación y que pueda verificarse documentalmente su realización.
- Que figuren a nombre de la entidad beneficiaria o a nombre de la entidad que ejecute el gasto, si se trata de una agrupación.
En concreto, se podrían financiar con esta subvención:
- Costes de personal directamente relacionado con la puesta en marcha y ejecución del proyecto.
- Costes de movilidad: desplazamiento, alojamiento y manutención, seguros o visados.
- Costes de activos materiales, como equipamiento informático y otros elementos necesarios para la ejecución del proyecto.
- Costes de activos inmateriales, incluyendo programas de ordenador de carácter técnico.
- Gastos de asistencias externas, como análisis, asistencia técnica o elaboración de informes siempre que la entidad beneficiaria no los pueda realizar por sí misma.
- Gastos en soluciones tecnológicas y de transformación digital.
- Gastos e inversiones en instalaciones, procesos, servicios y productos dirigidos a incrementar la sostenibilidad, la eficiencia energética, la reutilización y la economía circular.
Los costes indirectos serán subvencionables hasta un importe máximo del 15% de los costes directos de la actuación, sin necesidad de aportar justificaciones de gasto.
Plazo para presentar la solicitud:
Finaliza el 12 de febrero de 2024.
Más información en: https://www.mites.gob.es/es/perte/index-24-25.htm