Ayudas para el fomento de la contratación de personas desempleadas para trabajar en la campaña agraria en Catalunya

¿Cuál es el objetivo de las ayudas?

Fomentar la contratación laboral de personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Catalunya.

 

¿Quiénes son los beneficios de las ayudas?

Las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya dentro del marco de la campaña agraria.

 

Las entidades beneficiarias deben tener un máximo de 10 personas trabajadoras previamente a la contratación de la persona destinataria.

Se exceptúan las cooperativas de segundo grado, dedicadas a la elaboración del producto y no a la recogida.

No serán entidades beneficiarias de esta Orden las empresas de trabajo temporal.

 

¿Quiénes son las personas destinatarias de las ayudas?

Personas que, en el momento de la contratación, sean personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Catalunya.

 

¿Qué actuaciones son subvencionables?

La contratación, entre una y cuatro semanas de contrato laboral, de personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Catalunya.

 

¿Qué requisitos se deben cumplir?

  • Las ayudas objeto de esta Orden se destinan a subvencionar de un mínimo de 1 semana a un máximo de 4 semanas completas de contrato laboral en el ámbito de las campañas agrarias.
  • Los contratos deben estar formalizados con las personas empadronadas a menos de 40 kilómetros de distancia del lugar donde deban hacer los trabajos agrícolas, o tener un alojamiento que les haya facilitado el empresario dentro de este radio.
  • Las contrataciones mencionadas se deben haber iniciado a partir del 1 de enero de 2024 y deben finalizar como máximo el 31 de octubre de 2024.
  • Los contratos deben ser de una jornada de un mínimo de 40 horas semanales.
  • Queda expresamente excluida la modalidad de contrato de trabajo en prácticas para esta ayuda.
  • La resolución de la convocatoria debe concretar el ámbito territorial y/o la campaña agraria que corresponda.
  • Se otorgará como máximo una ayuda por persona trabajadora y empresa, independientemente de los contratos que el empresario firme con una misma persona trabajadora a lo largo de toda la campaña.
  • El número máximo de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria no puede ser superior a 5.

 

¿Cuál es el plazo de las solicitudes?

Desde las 9:00h del 5 de junio de 2024 y hasta las 15:00h del 31 de octubre de 2024.

 

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

90 euros por semana de contrato, con un máximo de 4 semanas subvencionables por contrato.

 

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