6/13/2024
¿Cuál es el objetivo de las ayudas?
Fomentar la contratación laboral de personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Catalunya.
¿Quiénes son los beneficios de las ayudas?
Las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya dentro del marco de la campaña agraria.
Las entidades beneficiarias deben tener un máximo de 10 personas trabajadoras previamente a la contratación de la persona destinataria.
Se exceptúan las cooperativas de segundo grado, dedicadas a la elaboración del producto y no a la recogida.
No serán entidades beneficiarias de esta Orden las empresas de trabajo temporal.
¿Quiénes son las personas destinatarias de las ayudas?
Personas que, en el momento de la contratación, sean personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Catalunya.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
La contratación, entre una y cuatro semanas de contrato laboral, de personas desempleadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Catalunya.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- Las ayudas objeto de esta Orden se destinan a subvencionar de un mínimo de 1 semana a un máximo de 4 semanas completas de contrato laboral en el ámbito de las campañas agrarias.
- Los contratos deben estar formalizados con las personas empadronadas a menos de 40 kilómetros de distancia del lugar donde deban hacer los trabajos agrícolas, o tener un alojamiento que les haya facilitado el empresario dentro de este radio.
- Las contrataciones mencionadas se deben haber iniciado a partir del 1 de enero de 2024 y deben finalizar como máximo el 31 de octubre de 2024.
- Los contratos deben ser de una jornada de un mínimo de 40 horas semanales.
- Queda expresamente excluida la modalidad de contrato de trabajo en prácticas para esta ayuda.
- La resolución de la convocatoria debe concretar el ámbito territorial y/o la campaña agraria que corresponda.
- Se otorgará como máximo una ayuda por persona trabajadora y empresa, independientemente de los contratos que el empresario firme con una misma persona trabajadora a lo largo de toda la campaña.
- El número máximo de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria no puede ser superior a 5.
¿Cuál es el plazo de las solicitudes?
Desde las 9:00h del 5 de junio de 2024 y hasta las 15:00h del 31 de octubre de 2024.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
90 euros por semana de contrato, con un máximo de 4 semanas subvencionables por contrato.
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