5/24/2022
El objetivo de estas ayudas es fomentar la contratación laboral de personas desocupadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Cataluña.
¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
Desde las 9:00 horas del 20 de mayo de 2022, hasta las 15:00 horas del 31 de octubre de 2022.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña dentro del marco de la campaña agraria.
Las entidades beneficiarias deben tener un máximo de 10 personas trabajadoras previamente a la contratación de la persona destinataria.
Se exceptúan las cooperativas de segundo grado, dedicadas a la elaboración del producto y no a la recogida.
No serán entidades beneficiarias de esta Orden las empresas de trabajo temporal.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
La contratación, de entre una y cuatro semanas de contrato laboral, de personas desocupadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Catalunya.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
- Las ayudas objeto de esta Orden se destinan a subvencionar de un mínimo de 1 semana a un máximo de 4 semanas completas de contrato laboral en el ámbito de las campañas agrarias.
- Los contratos deben estar formalizados con personas empadronadas a menos de 40 kilómetros de distancia del lugar donde tengan que realizar los trabajos agrícolas, o bien tener un alojamiento que les haya facilitado el empresario dentro de este radio.
- Las contrataciones mencionadas se deben haber ejecutado dentro del día siguiente a la publicación de la convocatoria y finalizar como máximo el 31 de octubre de 2022.
- Los contratos deben ser de una jornada de un mínimo de 40 horas semanales.
- Queda expresamente excluida la modalidad de contrato de trabajo en prácticas para esta ayuda.
- La resolución de la convocatoria debe concretar el ámbito territorial y/o la campaña agraria que corresponda.
- Se otorgará como máximo una ayuda por persona trabajadora y empresa, independientemente de los contratos que el empresario firme con una misma persona trabajadora a lo largo de toda la campaña.
- El número máximo de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria no puede ser superior a 5.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
La cuantía del módulo económico es de 90 euros por semana de contrato, con un máximo de 4 semanas subvencionables por contrato.