7/12/2024
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha anunciado las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a apoyar a los sectores comercial, de servicios y artesano, contribuyendo a su dinamización mediante la modernización de instalaciones y la transformación digital para incrementar la competitividad y sostenibilidad.
Beneficiari@s:
Pymes y empresari@s individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano, con actividad en la Comunidad de Madrid y cumpliendo con los requisitos del Reglamento (UE) 651/2014.
Ver anexo con el listado de PYMES subvencionables según IAE.
¿Qué requisitos específicos se deben cumplir?
- Desarrollar la actividad en un establecimiento físico en la Comunidad de Madrid.
- Estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el caso de personas físicas.
- No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Cuantía de la ayuda:
Las subvenciones cubrirán el 50% del importe necesario para las inversiones, con un máximo de 10.000 euros por solicitante. La inversión mínima subvencionable será de 500 euros para el sector artesano y de 5.000 euros para los sectores comercial y de servicios.
¿Son compatibles con otras ayudas?
Sí, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada.
Plazo para realizar la solicitud:
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación. Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
Documentación requerida:
- Identificación del solicitante.
- Presupuestos o facturas de las inversiones.
- Planos y certificados correspondientes a las obras o equipamiento.
- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Evaluación y criterios de valoración:
Se evaluarán las solicitudes según los siguientes criterios:
- Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos.
- Adquisición e instalación de equipamiento y maquinaria.
- Implementación de tecnologías informáticas y TIC.
- Estabilidad en el empleo.
- Antigüedad de la pyme (más de 50 años).
- Posesión de la carta de empresa artesana (para pymes artesanas).
La puntuación máxima será de 40 puntos. En caso de empate, tendrán preferencia los proyectos que impliquen la mejora del comercio electrónico.
Los beneficiarios deben presentar una declaración de actividades realizadas, facturas justificativas y comprobantes de pago antes del 30 de septiembre del 2024.
Anexo con el listado de PYMES subvencionables según IAE
641 – Comercio minorista de frutas y verduras.
642 – Comercio minorista de carnes, huevos, caza y granja.
643 – Comercio minorista de pescados.
644 – Comercio minorista de pan, pasteles, confitería, lácteos.
645 – Comercio minorista de vinos y bebidas.
646.1, 646.2, 646.3 646.7, 646.8 – Comercio minorista tabaco y artículos para fumadores.
647 – Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general.
651 – Comercio minorista de textil y calzado.
652.2, 652.3, 652.4 – Comercio minorista productos droguería, perfumería, plantas y hierbas, herbolarios.
653 – Comercio minorista muebles (excl. oficina), ferretería, aparatos de uso doméstico, materiales de construcción, bricolaje, otros artículos hogar.
654.1, 654.3, 654.4, 654.5 – Comercio minorista vehículos terrestres, aéreos, fluviales y marítimos, maquinaria.
654.2 – Comercio minorista accesorios y recambios vehículos.
654.6 – Comercio minorista cubiertas y cámaras de aire.
656 – Comercio minorista bienes usados.
657 – Comercio minorista instrumentos de música y accesorios.
659.1 – Comercio minorista sellos, monedas, medallas, artículos coleccionista.
659.2 – Comercio minorista muebles y máquinas de oficina.
659.3 – Comercio minorista aparatos médicos, ortopédicos.
659.4 – Comercio minorista libros, periódicos, revistas.
659.5 – Comercio minorista artículos joyería, relojería, bisutería.
659.6 – Comercio minorista juguetes, artículos de deporte, armas.
659.7 – Comercio minorista semillas, abonos, flores y plantas.
661 – Comercio mixto o integrado en grandes superficies.
662 – Comercio mixto o integrado al por menor.
691 – Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.
971 – Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
972 – Salones de peluquería e institutos de belleza.
973.1 – Servicios fotográficos.
975 – Servicios de enmarcación.
REPERTORIO DE ACTIVIDADES Y OFICIOS ARTESANOS
Escayolista.
Tallista de piedra y mármol.
Cantero.
Tallista de alabastro.
Tallista de vidrio.
Vidriero artístico.
Alfarero.
Ceramista.
Porcelanista.
Imaginero (incluido belenista y otros).
Perfumista.
Cerero.
Fundidor.
Forjador/herrero.
Repujador/cincelador.
Esmaltador.
Armero.
Broncista.
Hojalatero.
Cuchillero.
Tejedor.
Estampador.
Alfombrista.
Tapicero.
Esterero.
Cordelero.
Bordador.
Encajero.
Pasamanero.
Repostero.
Curtidor.
Repujador.
Marroquinero.
Guarnicionero.
Botero.
Productos del calzado de artesanía y a la medida.
Peletero.
Tonelero.
Tornero.
Bastonero.
Taraceador/marquetero.
Modelista.
Constructor de muebles y otros objetos de mimbre, junco, caña y otras fibras.
Ebanista.
Sillero.
Restaurador de muebles.
Decorador de muebles y otros elementos de madera.
Tallista.
Dorador.
Barnizador/lacador.
Tapicero de muebles.
Pirograbador.
Elaborador y manipulador de papel y cartón.
Fabricante de flores artificiales.
Litógrafo.
Grabador.
Encuadernador.
Joyero.
Platero.
Orfebre.
Batihoja.
Tallista de materias nobles.
Constructor de instrumentos de cuerda.
Constructor de instrumentos de viento.
Constructor de instrumentos de percusión.
Organero.
Manufacturero de juguetes.
Manufacturero de muñecos.
Damasquinador.
Relojero.
Abaniquero.
Fabricante de pipas.
Taxidermista.
Lapidero.
Sastre o modisto.
Bisutero.
Engastador.
Sombrerero.
Decorador de telas.
Pintor-decorador de vidrio, cerámica y porcelana.
Metalistero artístico.
Lampistero artístico.
Manipulador de flor natural prensada/seca.
Manipulador/tallista de materiales diversos.
Costurero/zurcidor.
Grabador de metal.
Constructor de objetos de madera.
Reparador de relojes.
Estucador/pintor-decorador de estuco.