1/12/2021
El boletín publicado hoy recoge dos líneas de subvenciones, la primera de ellas destinada a asociaciones y entidades del sector turístico y la segunda a los distintos establecimientos de la región, para que doten sus espacios de las máximas medidas de seguridad frente a la COVID-19.
Beneficiarios:
Los autónomos y pymes del sector turístico que realicen su actividad en la comunidad de Aragón. Estas deberán ser:
- Establecimientos de hostelería, restauración, alberges o refugios, balnearios, empresas de turismo activo y agencias de viaje.
- Estas empresas deben estar inscritas en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente.
- También se incluyen empresas de banquetes y servicios para eventos que acrediten su actividad en los modelos 036,037 o certificado de situación censal de la Agencia Tributaria.
- Organización de celebraciones, concursos y eventos turísticos y gastronómicos; así como jornadas de sensibilización y formación, viajes de familiarización y jornadas inversas
- Quedan excluidas las empresas y entidades que no estén al corriente del pago o hayan sido sancionadas por la autoridad laboral.
Actuaciones subvencionables:
Podrán acogerse a estas ayudas cerramientos fijos de terrazas exteriores en establecimientos, ampliación o instalación de nuevas terrazas exteriores, instalación de elementos calefactores en terrazas exteriores, puertas automáticas en el acceso, mamparas y/o elementos delimitadores de espacios, dispensadores fijos de gel hidroalcohólico, grifos y secadores de manos de funcionamiento automático, iluminación con detector de presencia en las zonas comunes y elementos de climatización o ventilación que mejoren las prestaciones de los mismos en relación con la transmisión del Covid-19 por medios aéreos.
También elementos fijos de almacenamiento que faciliten las labores de limpieza y desinfección, elementos no fungibles de desinfección, elementos de señalización para facilitar la circulación de flujos de personas, elementos de toma de temperatura, habilitación de procesos de trabajo digitales, proyectos técnicos que, en su caso, haya tenido que desarrollarse para la realización de las actuaciones señaladas.
Cuantía:
50% del coste elegible de la inversión, siendo la inversión mínima de 1.500€ y la máxima subvencionable de 10.000€ (sin IVA).
Si el importe de gasto supera los 40.000€ o el de obra 15.000€ hará falta 3 ofertas.
Plazo solicitud:
Desde las 8h del 13/01/2021 a las 15h del 10/02/2021.
Resolución:
Máximo de 6 meses desde la fecha de la convocatoria.