1/12/2021
La Generalitat valenciana ha presentado nuevas ayudas para la realización de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción para el ejercicio 2021.
Objeto:
La concesión de subvenciones destinadas a la realización de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, a fin de dar soporte al desarrollo de proyectos de creación y modernización de las empresas de economía social, por medio de una mejora de su competitividad, y de facilitar su consolidación.
Podrá ser objeto de subvención la realización de inversiones en activos fijos e inmovilizado, en operaciones de adquisición de la propiedad, plena y no condicionada, salvo que en la Orden de bases reguladoras se permita otra cosa, de bienes específicamente afectos a la realización del objeto social de la entidad, de conformidad con los estatutos sociales vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que dicha inversión contribuya a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción.
¿Quién puede iniciarlo?
1.- Podrán solicitar estas ayudas (siempre que cumplan los requisitos que se indican en el apartado correspondiente), las cooperativas, las sociedades laborales y las empresas de inserción.
2.- No obstante, estas ayudas NO serán de aplicación a las empresas que operen en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) Nº1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L 352, de 24/12/2013).
Requisitos
1. Con carácter general, las cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción solicitantes de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia a la fecha de su solicitud:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento. Cuando la solicitud se presente con carácter previo a la inscripción de la solicitante en el registro correspondiente, podrá suscribirse por la persona que, en la respectiva escritura o documento constitutivo de la persona jurídica solicitante, figure como autorizada para solicitar su inscripción registral.
b) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
e) No hallarse sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
f) Disponer de un Plan de Igualdad, con el alcance y contenido establecido en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuando le sea exigible de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria décima segunda de la misma, incorporada por el Real decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
2. Estas ayudas se concederán únicamente a cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción para actuaciones realizadas en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, con independencia del lugar de su domicilio social o del registro en el que figuren inscritas.
Cuantía de la ayuda:
La cuantía de la subvención se determinará mediante la aplicación de un porcentaje máximo sobre el importe subvencionable de la inversión realizada, sin que pueda rebasarse ninguno de los límites determinados en el artículo 19.2 de la Orden 11/2019.
Estas ayudas se ajustarán a los límites previstos en el artículo 11 de la Orden 11/2019.
¿Cuándo solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes será de manera telemática, desde el día 28 de enero de 2021 hasta el día 30 de marzo de 2021, ambos incluidos (de acuerdo con el Extracto de la Resolución de convocatoria que se ha publicado en el DOGV núm. 8987, de 31/12/2020).