3/4/2025
Publicado en BOE del 4 de marzo de 2025 el extracto de la Resolución de convocatoria de ayudas 2025. El plazo de presentación de las solicitudes comienza el 5 de marzo y finaliza el 4 de abril de 2025.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Transportistas autónomos por carretera.
Objeto
Ayuda para el abandono de la actividad de transporte por carretera.
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (B.O.E. 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (B.O.E. 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero).
Cuantía
Cuantía máxima: 9.780.000 € distribuidos entre un importe máximo de 9.630.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento, y un importe máximo de 150.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución.
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», es decir el 04/04/2025
Otra información de interés
La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
En primer lugar, se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.
El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Para cualquier consulta o aclaración aquí se amplía la información:
https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono