Ampliado el plazo para que los autónom@s decidan si renunciar al método de estimación objetivo del IRPF

El real decreto-ley aprobado la semana pasada con medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, establece la extensión de determinadas medidas fiscales, especialmente en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

¿Cuál es el nuevo plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 al método de estimación objetiva del IRPF?

El nuevo plazo se amplía hasta el 16 de febrero de 2026.

 

¿Hasta cuándo tendrá efectos la renuncia al sistema de módulos?

Un mínimo de 3 años, y supone que el contribuyente determinará el rendimiento neto de todas sus actividades por la modalidad normal del método de estimación directa (ingresos reales).

 

Otros cambios

Se prorrogan para 2026 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

 

Se amplía hasta el 16 de febrero de 2026 el plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA y se prorrogan para 2026 los límites para la aplicación de estos regímenes.

 

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