El 31 de marzo de 2020 finaliza el plazo para presentar el Modelo 720 correspondiente al ejercicio 2019
¿Quién está obligado a presentarlo?
Contribuyentes residentes fiscales en España titulares de bienes y derechos en el extranjero que superen los 50.000€ en alguna de las categorías:
- Cuentas en entidades de crédito
- Valores, fondos, seguros y rentas
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles
¿Y si he presentado el Modelo 720 en un ejercicio anterior?
¿Los saldos conjuntos de las categorías informadas han incrementado en más de 20.000€?
¿Has perdido la titularidad de alguno de los bienes o derechos declarados anteriormente?
Estás obligado a presentar el ejercicio 2019
¿Me pueden sancionar?
- Incumplimiento de la obligación de informar: 10.000€
- +5.000€ por cada dato incorrecto o sin comunicar
- Presentación fuera de plazo: 1.500€
- +100€ por cada dato o conjunto de datos
Recuerda: la transmisión de la declaración se debe realizar obligatoriamente por medios telemáticos.