Integradas dentro del Régimen General, pero formando parte de un régimen especial, [email protected] [email protected] del hogar se rigen por unas normas algo distintas a las del resto de [email protected] en materias de todo tipo como, por ejemplo, las cotizaciones a la Seguridad Social.
Tramo |
Retribución mensual euros/mes |
Base de cotización euros/mes |
1º |
Hasta 269,00€ |
231,00€ |
2º |
Desde 269,01€ hasta 418,00€ |
379,00€ |
3º |
Desde 418,01€ hasta 568,00€ |
528,00€ |
4º |
Desde 568,01€ hasta 718,00€ |
677,00€ |
5º |
Desde 718,01€ hasta 869,00€ |
827,00€ |
6º |
Desde 869,01€ hasta 1.017,00€ |
976,00€ |
7º |
Desde 1.017,01€ hasta 1.166,70€ |
1.166,70€ |
8º |
Desde 1.166,71€ hasta 1.273,00€ |
1.220,00€ |
9º |
Desde 1.273,00€ hasta 1.439,00€ |
1.370,00€ |
10º |
Desde 1.439,01€ |
Retribución mensual |
La cotización es diferente para este colectivo y en el caso de estas [email protected] de hogar es sumamente importante, ya que es algo diferente en su funcionamiento. A diferencia de lo que sucede en el Régimen General, las bases de cotización de estas trabajadoras dependerán de los ingresos que recibirán a lo largo del mes.
En función de los ingresos mensuales de la trabajadora de hogar tendrá una base de cotización diferente sobre la que aplicar las cotizaciones. A más remuneración mensual, mayor base de cotización.
¿Cuánto cotizan [email protected] [email protected] del hogar?
Sobre estas bases de cotización que dependen de los ingresos mensuales se aplicarán los tipos de cotización que han de asumir [email protected] [email protected] del hogar y sus empleadores o empleadoras. Son las siguientes:
- Un 28,3% en concepto de contingencias comunes, dividido en un 23,6% a cargo del empleador y en un 4,7% a cargo del trabajador.
- Un 1,5% en concepto de contingencias profesionales que se asume de forma íntegra por parte del empleador.
Los próximos cambios con el convenio 189 de la OIT
En la actualidad, [email protected] [email protected] del hogar no cotizan en concepto de desempleo ni en concepto de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), algo que les priva de derecho a prestaciones por desempleo y de cobertura en caso de impago por parte del empresario. Esta ausencia de cotizaciones, no obstante, podría mantenerse durante poco tiempo. En cuanto haya novedades, desde TAX Economistas y Abogados te informaremos de ellas.