A continuación, informamos sobre las medidas implantadas por cada una de las Comunidades Autónomas en la “nueva normalidad”.
Comunidad de Madrid
Primera etapa: del 21 de junio al 5 de julio
- Aforo:
- Espacios cerrados 60%
- Espacios abiertos 80%
- Piscinas recreativas 50%
- Instalaciones funerarias 75%
- Lugares de culto, bodas y otras celebraciones de culto 75%
- Plazas de toros 60%
- Discotecas cerradas
- Realización de actividades de turismo activo
Segunda etapa: a partir del 6 de julio
Galicia
Desde el 15 de junio:
- Ampliación de aforos al 75%. También para los mítines políticos de las elecciones del 12 de julio.
- Máximo de 60 personas en velatorios en espacios abiertos
Cataluña
Desde el 19 de junio:
- Aforo:
- Espacios cerrados 50%
- Espacios abiertos 75%
- A partir del 25 de junio se suprime el porcentaje de aforo y los sitios cerrados deberán establecer espacios sectorializados.
Cantabria
- Aforo:
- Bares, establecimientos de hostelería, comercios, centros comerciales bibliotecas y centros culturales 75%.
- Discotecas, pubs y locales de ocio nocturno: un tercio.
- Visitas culturales: máximo 25 personas.
- Gimnasios: máximo 30 personas.
- Eventos deportivos: máximo 300 personas en ámbitos cerrados y 1.000 al aire libre.
- Piscinas deportivas: máximo 30 personas.
- Piscinas lúdicas comunitarias: máximo 75%.
- No se pueden celebrar fiestas populares hasta el 8 de julio.
Asturias
- Playas: Se deberá guardar un metro y medio de distancia en los arenales entre personas que no convivan juntas. Los ayuntamientos podrán fijar un tiempo máximo de permanencia.
- Apertura de parques infantiles, manteniendo la distancia de seguridad.
- Para las fiestas populares es obligatorio el uso de mascarilla y se fijan tres escenarios de riesgo:
- Alto: quedan prohibidas.
- Medio: aforo de entre el 50% y el 75%
- Bajo: se debe respetar la distancia de seguridad.
Navarra
- Aforo:
- Piscinas 75%
- Terrazas de los bares 100%
- Reapertura de:
- Columpios y parques infantiles con medidas de higiene
- Clubes de jubilados (con condiciones)
- Recuperación del ciclo educativo de 0 a 3 años.
- Reactivación de actividades culturales y deportivas con aforo máximo de 500 personas en el interior y 1.000 al aire libre.
País Vasco
Desde el 19 de junio:
- Aforo:
- Sin limitación en los establecimientos, siempre que se mantenga la distancia de metro y medio entre los usuarios.
- Velatorios: máximo 65 personas en espacios abiertos y 30 en espacios cerrados.
- Lugares de culto 75%. Incluyendo celebraciones nupciales que se celebren en ellos.
- Centros comerciales 60% en las zonas comunes.
- Celebración de cocktails y buffets en zonas comunes de los hoteles con un máximo de 25 personas.
Aragón
- Aforo:
- Establecimientos 75%.
- Actividad cultural 75%.
- Campos de trabajo: máximo 20 personas.
- Pernoctas en campamentos a partir de los ocho en grupos de hasta 50 personas.
- Piscinas 75%.
- Las fiestas patronales están suspendidas hasta el 30 de septiembre.
- En caso de eventos con más de 1.000 participantes, los organizadores deberán contar con un permiso especial expedido por Salud pública.
Castilla-La Mancha
- Aforo:
- Eventos realizados en el interior de establecimientos 75%.
- Mercadillos 75%
- Discotecas 75%. No se podrá bailar.
- Museos, bibliotecas y salas de exposiciones 75%.
- Albergues 50%.
- Se recomienda no celebrar fiestas patronales hasta el 15 de julio
Extremadura
- Los ayuntamientos podrán habilitar recintos con atracciones de feria.
- Se atribuye a los terrenos forestales la consideración de Interés General para “compatibilizar la lucha contra los incendios con la actividad agrícola”.
Andalucía
Desde el 21 de junio:
- Aforo:
- Interior de bares y restaurantes 75%
- Terrazas 100%.
- El decreto de la Junta recoge 400 medidas para la nueva normalidad que evaluarán su funcionamiento mediante dos planes: el primero el 8 de julio y el segundo a finales del mismo mes.
- Para los pacientes de urgencia y centros de atención primaria solo se autoriza un acompañante.
- Continua la suspensión de actividades de voluntariados en los centros sanitarios y las de cooperación internacional.
Baleares
- Aforo:
- Las terrazas no tendrán restricción.
- Centros recreativos turísticos como parques zoológicos y acuarios 50%.
- Velatorios y entierros: máximo 70 personas.
- Los locales de ocio nocturno podrán tener barra hasta las 22:00h y deberán cerrar antes de las 2:00h.
- A partir del 1 de julio se permitirán fiestas populares, verbenas y cenas al aire libre.
- Los ayuntamientos podrán limitar el tiempo de permanencia en las playas.
- Se permiten actividades de deporte al aire libre.
Canarias
El decreto canario recoge, entre otros:
- Controles sanitarios.
- Toma de temperatura a viajeros.
- Declaración jurada.
- Limitaciones de aforo en algunas actividades.
- No celebración de fiestas populares.
- Aforo del 75% para iglesias y comercios.
- Limitación de aforo en las playas (según ayuntamiento).
No se fijan:
- Restricciones en restaurantes y alojamientos turísticos.
- Restricciones en cines y teatros.
Comunidad Valenciana
- Aforo máximo del 75%
- Prohibición de las concentraciones de más de 800 personas.
- Aforo máximo de los centros comerciales 60%.
- Los empleados públicos volverán a su actividad presencial.
Murcia
- Aforo:
- No habrá aforo máximo en las playas.
- Con carácter general 75%.
- Máximo 500 personas sentadas para actividades al aire libre y 200 en espacios cerrados, y un máximo de 30 personas para grupos.
- Las discotecas de mantienen cerradas.
- Se empiezan a abrir los centros de día.
Castilla y León
- Se suspenden las fiestas patronales. No se permiten encierros.
- Están permitidos:
- Algunas corridas de toros
- Conciertos
- Competiciones deportivas
- Se reabren:
- Las piscinas con un 75% de aforo.
- Las discotecas con un tercio de ocupación.
La Rioja
- No habrá limitaciones de aforo siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de un metro y medio. De lo contrario, el aforo se limitará al 75%.
- Grandes actos: máximo 1.000 personas, con cita previa a modo de registro para rastrear posibles contagios.
- Se prohíben las fiestas patronales en las que no pueda existir registro, como verbenas, grandes atracciones feriales o encierros y vaquillas en las calles.
- Límite máximo de 1.000 personas para las plazas de toros.