Como consecuencia de la emergencia de salud pública creada por el coronavirus, se estableció en IVA un tipo del 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, de bienes necesarios para combatir sus efectos, cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social (RDL 15/2020 art.8).
Esta medida, que tenía como límite temporal el 31-7-2020, con efectos 5-8-2020 extiende su vigencia temporal hasta el 31-10-2020.