6/10/2025
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, te queremos volver a informar de que próximamente será obligatoria la adaptación de los sistemas de emisión de facturas utilizados por las sociedades y autónom@s a los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. Esta medida tiene como objetivo asegurar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, evitando el uso de programas de doble uso o manipulables.
Obligación de uso de software verificable:
Todos los empresarios y profesionales obligados a emitir facturas deberán utilizar un sistema informático que cumpla con los siguientes requisitos:
- Integridad, conservación, trazabilidad, inalterabilidad y legibilidad de los registros de facturación.
- Prohibición de alteración o eliminación de los datos ya emitidos
- Incorporación obligatoria de:
- Firma electrónica de las facturas.
- Código QR para su verificación.
- Si tú lo eliges, envío automático de registros a la Agencia Tributaria (modalidad VERI*FACTU).
Prohibición de software de doble uso:
El uso de sistemas que permitan llevar una facturación no declarada será considerado infracción grave, con sanciones económicas importantes tanto para el usuario como para el proveedor del software.
Entrada en vigor
- Fecha límite para desarrolladores de software: 29 de julio de 2025.
- Fecha límite para SOCIEDADES para uso de software adaptado: 1 de enero de 2026
- Fecha límite para AUTONOM@S para uso de software adaptado: 1 de julio de 2026
*Sanción por no adaptarse: Multas de 50.000€ por cada ejercicio.
Recomendaciones TAX
- SI YA UTILIZAS UN SOFTWARE PARA EMITIR TUS FACTURAS
Revisa ya con tu proveedor si tu software de facturación cumple con los requisitos de la normativa y si es que sí pídele una declaración responsable. Es un documento obligatorio en el que el productor, desarrollador o comercializador del software de facturación manifiesta que su producto cumple todos los requisitos legales y técnicos exigidos por la Agencia Tributaria. Más adelante te explicamos la información mínima que debe tener este documento*.
- SI NO UTILIZAS UN SOFTWARE PARA EMITIR TUS FACTURAS O TU PROVEEDOR ACTUAL NO TE GUSTA O NO SE ADAPTA
Planifica con antelación qué software vas a utilizar. Existen muchos en el mercado y desde TAX te ofrecemos hacerte una demo sin compromiso del nuestro: FACTURATAX
* ¿Qué contenido mínimo debe tener el documento de declaración responsable que debes pedir a tu proveedor?Identificación del proveedor del software (nombre, NIF/CIF, domicilio).
- Identificación del software (nombre comercial, versión, fecha de implementación).
- Manifestación expresa de que:
- El software garantiza la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
- No permite alteraciones ni destrucción de facturas emitidas.
- Incorpora firma electrónica y código QR, si procede.
- Cumple con el esquema de registros y exigencias técnicas según el Reglamento.
- Fecha de la declaración y firma del responsable legal del proveedor.
¿Por qué es importante que tengas esta declaración responsable?
- La empresa usuaria debe conservar esta declaración como prueba de cumplimiento.
- La falta de esta declaración puede ser considerada infracción grave, con sanciones de hasta 150.000 € por cada ejercicio económico afectado.
- La empresa debe poder exhibir la declaración en caso de inspección.
Desde TAX Economistas y Abogados quedamos a tu disposición para cualquier aclaración adicional o para ayudarte y acompañarte en el proceso de adaptación.
Los desarrolladores de software tienen hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas de facturación a los requisitos de Verifactu, según la Ley Antifraude. Después de esta fecha, los sistemas informáticos de facturación (SIF) que no cumplan con Verifactu no serán legales y las empresas se arriesgan a multas de 50.000€ por cada ejercicio.
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