5/5/2026
¿Cuál es el objeto de la subvención?
Financiar proyectos empresariales desarrollados en municipios incluidos en las zonas de transición nuclear de Catalunya, con el objetivo de:
- Reforzar la economía local.
- Crear empleo y retener talento.
- Diversificar el tejido empresarial.
- Impulsar el desarrollo rural y ambiental del territorio.
- Luchar contra la despoblación.
- Favorecer una transición energética justa y sostenible.
Incluye las siguientes líneas:
- Línea 1. Proyectos de inversión empresarial
- Línea 2. Proyectos de creación de empleo
- Línea 3.1. Cambio estratégico
- Línea 3.2. Cambio estructural
- Línea 3.3. Captación de talento
- Línea 4. Proyectos cooperativos
- Línea 5. Emprendimiento de alto valor añadido
- Línea 6. Innovación tecnológica
La ayuda se dirige a proyectos ubicados o en proceso de ubicarse en municipios situados dentro del ámbito PENTA de Ascó y Vandellòs. Para cada línea, el 50% del presupuesto se destina a beneficiarios ubicados en municipios de Zona I PENTA y el otro 50% a municipios de Zona II PENTA, hasta 30 km de las centrales.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Líneas 1, 2, 3.1, 3.2 y 3.3: empresas ubicadas o en proceso de ubicarse en municipios beneficiarios del Fondo de Transición Nuclear y comunidades de bienes y las sociedades civiles con objeto mercantil o profesional.
Línea 4: empresas y agentes del entorno ubicados o en proceso de ubicarse en dichos municipios. No pueden ser beneficiarios los empresarios individuales.
Línea 5: pequeñas empresas ubicadas o en proceso de ubicarse en dichos municipios y, además:
- Constituidas al menos 1 día antes de la publicación de la convocatoria.
- Constituidas como máximo 36 meses antes de la solicitud.
- Con personalidad jurídica propia.
- Con equipo fundador emprendedor que posea al menos el 51% del capital.
- Con financiación total previa máxima de 150.000,00 € en determinados conceptos.
- Que no coticen en mercados regulados.
- Que no hayan repartido dividendos.
- Que no procedan de concentración empresarial.
- Y dadas de alta censalmente en la Agencia Tributaria.
Línea 6: pequeñas y medianas empresas ubicadas o en proceso de ubicarse en
dichos municipios, con al menos 2 años de vida a la fecha de solicitud.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
- Estar legalmente constituidas.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria.
- Cumplir la normativa en materia de igualdad, discapacidad, prevención de riesgos y resto de obligaciones legales aplicables.
- No superar el límite de ayudas de minimis cuando corresponda.
- Y cumplir los requisitos específicos de la línea correspondiente.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
La intensidad y el importe máximo dependen de la línea, del tipo de gasto, del tamaño de empresa, del sector y del reglamento europeo aplicable.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- Límite general de minimis: la suma de ayudas de minimis recibidas por empresa única en los 3 años anteriores no puede superar 300.000,00 €.
- Gasto mínimo justificado general para no perder la ayuda: debe ejecutarse y justificarse al menos el 60% del gasto subvencionable aprobado, sin contar auditoría.
- Desviación presupuestaria sin reducción de ayuda: hasta un 10% entre coste aprobado y coste final justificado, sin contar auditoría, siempre que se cumpla la finalidad del proyecto.
- Un mismo proyecto solo puede presentarse a una sola línea.
- Un proyecto subvencionado en la convocatoria 2025 no podrá recibir ayuda en 2026 para los mismos gastos subvencionables.
- En la Línea 3, una misma oportunidad de negocio solo puede presentarse a una de las tres tipologías: 3.1, 3.2 o 3.3.
¿Qué gastos son subvencionables?
Línea 1. Inversión empresarial:
a) Activos materiales: terrenos, edificaciones, maquinaria, equipamiento, instrumental de laboratorio e instalaciones.
b) Activos inmateriales: patentes, licencias, know-how, conocimientos técnicos no patentados y software vinculado al proceso productivo.
c) Obra civil y gastos de ingeniería, solo en determinados supuestos acogidos a minimis.
d) Auditoría justificativa.
Línea 2. Creación de empleo:
a) Coste laboral de los 12 primeros meses del nuevo personal contratado.
b) Auditoría justificativa.
Línea 3.1. Cambio estratégico:
a) Servicio de asesoramiento para la elaboración del plan de negocio por proveedores acreditados por ACCIÓ.
Línea 3.2. Cambio estructural:
a) Maquinaria y equipamientos.
b) Gastos externos vinculados exclusivamente a la nueva línea de actividad: prototipos, simulaciones, estudios de buenas prácticas, certificaciones, homologaciones, software o similares.
c) Formación externa específica para adaptación a la nueva actividad.
d) Personal interno dedicado exclusivamente a implementar la nueva actividad.
e) Auditoría justificativa.
Línea 3.3. Captación de talento:
a) Coste laboral de los 12 primeros meses del nuevo personal contratado.
b) Auditoría justificativa.
Línea 4. Proyectos cooperativos:
a) Contratación de servicios a terceros y gastos externos.
b) Gastos de personal.
c) Gastos de coordinación facturados por el coordinador.
d) Auditoría justificativa del solicitante.
Línea 5. Emprendimiento de alto valor añadido:
a) Personal contratado o de nueva contratación dedicado al proyecto.
b) Servicios a terceros.
c) Materiales y equipamiento, con el límite del 50% del gasto subvencionable aceptado.
d) Otros gastos vinculados a la ejecución.
e) Auditoría justificativa.
Línea 6. Innovación tecnológica:
a) Colaboraciones externas y subcontractación.
b) Adquisición de equipamiento elegible.
c) Otras adquisiciones, como software o licencias necesarias.
d) Auditoría justificativa.
¿Cuál es el plazo para solicitar la subvención?
Desde el 16 de abril de 2026, a las 09:00 horas, hasta el 22 de mayo de 2026, a las 14:00 horas.
¿Tienes dudas? Contacta con nosotros