Hacienda debe acreditar el fraude para imponer sanciones de hasta el 150%

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha fijado que Hacienda no puede calificar automáticamente una infracción tributaria como muy grave por la mera existencia de irregularidades en los libros o registros fiscales.

 

Para imponer sanciones que pueden alcanzar el 150% de la cantidad dejada de ingresar, la Administración debe acreditar que las anomalías detectadas constituyen un medio fraudulento y que fueron utilizadas de forma intencionada para reducir indebidamente la tributación.

 

¿A quién afecta este criterio?

Afecta tanto a empresas como a persona autónomas obligadas a llevar libros registro fiscales.

 

¿Qué irregularidades pueden ser objeto de revisión?

  • La inclusión de importes falsos.
  • La omisión de operaciones realizadas.
  • La contabilización de cantidades en cuentas incorrectas cuando ello afecte a su tratamiento fiscal.

 

Para que las irregularidades puedan considerarse infracción, deben representar más del 50% de la base de la sanción.

 

Hacienda debe justificar la existencia de una conducta fraudulenta

Para aplicar la calificación de infracción muy grave, la Administración debe:

  • Identificar las operaciones o anotaciones irregulares.
  • Determinar su impacto económico.
  • Justificar por qué considera que fueron realizadas conscientemente con la finalidad de reducir la carga tributaria.

 

¿Qué debes revisar?

Cuando Hacienda imponga una sanción por utilización de medios fraudulentos, será necesario comprobar:

  • Qué operaciones o registros considera incorrectos Hacienda.
  • Cómo se ha calculado su incidencia sobre la base de la sanción.
  • Si las irregularidades superan efectivamente el 50% de dicha base.
  • Si la Administración considera que existe una conducta intencionada i de qué manera cree que las irregularidades fueron utilizadas para reducir la tributación.

 

Es importante remarcar que puede existir una cuota pendiente de ingreso o incluso una conducta sancionable sin que necesariamente proceda aplicar la sanción correspondiente a una infracción muy grave.

 

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