Cataluña aprueba una nueva ley para la erradicación del amianto

La publicación de la Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto, supone una de las principales novedades normativas en Cataluña en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, la construcción, la rehabilitación, la actividad inmobiliaria y el cumplimiento normativo empresarial.

La norma introduce nuevas obligaciones para empresas y profesionales que intervienen en actividades relacionadas con materiales con amianto, así como para propietarios y operadores del sector inmobiliario.

Creación de un registro específico en Cataluña

La Ley crea el Registro de empresas y profesionales capacitados para la gestión de materiales con amianto en Cataluña.

La inscripción en este registro será obligatoria para poder desarrollar actividades de gestión de materiales con amianto dentro del territorio catalán.

Es importante destacar que este nuevo registro no sustituye al Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA) regulado por la normativa estatal de prevención de riesgos laborales, por lo que ambas obligaciones deberán analizarse de forma coordinada.

Asimismo, determinados requisitos relacionados con la cualificación profesional, la formación específica y la vigilancia de la salud de los trabajadores deberán concretarse mediante el correspondiente desarrollo reglamentario.

Nuevo certificado de presencia o ausencia de amianto

Otra de las novedades más relevantes de la Ley es la incorporación del certificado de presencia o ausencia de amianto.

Este certificado deberá aportarse en determinadas operaciones relacionadas con inmuebles, entre ellas:

  • Venta de inmuebles.
  • Alquiler de inmuebles.

 

 

La medida tendrá un impacto directo sobre numerosos agentes económicos y profesionales, entre los que destacan:

  • Propietarios de inmuebles.
  • Administradores de fincas.
  • Agencias e intermediarios inmobiliarios.
  • Comunidades de propietarios.
  • Empresas de construcción.
  • Empresas de rehabilitación.
  • Empresas de mantenimiento.
  • Servicios de prevención de riesgos laborales.

Entrada en vigor

La Ley entrará en vigor tres meses después de su publicación en el DOGC, por lo que, con carácter general, será aplicable a partir del 3 de octubre de 2026.

Por su parte, el régimen sancionador específico queda condicionado al posterior desarrollo reglamentario previsto por la propia norma.

Recomendación práctica

Desde TAX recomendamos a las empresas de construcción, instalaciones, mantenimiento, rehabilitación, administración de fincas, gestión patrimonial y servicios de prevención de riesgos laborales que revisen sus procedimientos internos de cumplimiento normativo y adapten sus protocolos operativos antes de la entrada en vigor de la Ley.

La anticipación a estas nuevas obligaciones permitirá reducir riesgos legales, operativos y reputacionales, así como garantizar el cumplimiento de los nuevos requisitos exigidos en Cataluña en materia de gestión y erradicación del amianto.

 

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