A partir del día 1 de mayo ya puedes consultar el impuesto sobre las emisiones de CO2 (Catalunya)

La Agencia Tributaria de Catalunya ha informado que el censo provisional de vehículos sujetos al Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y el envío del díptico informativo —ejercicio 2025— podrá consultarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Catalunya a partir del 1 de mayo de 2026.

 

Estas son las fechas que debes conocer:

  • 1 de mayo de 2026: publicación de la lista provisional de vehículos (censo provisional) del ejercicio 2025.
  • 8 de junio de 2026: fecha límite para presentar solicitudes de modificación (alegaciones).
  • 15 de julio de 2026: fecha límite para domiciliar el pago del impuesto del ejercicio 2025.
  • 1 de septiembre de 2026: publicación de la lista definitiva de vehículos (censo definitivo) e inicio del período de pago voluntario del ejercicio 2025.
  • 20 de noviembre de 2026: fin del período de pago voluntario y cargo en cuenta para quienes hayan domiciliado el impuesto.
  • 21 de diciembre de 2026: fin del período de presentación de recurso.

 

Desde el 1 de mayo y hasta el 8 de junio se pueden presentar solicitudes de modificación (alegaciones) a través de la consulta del censo. El censo definitivo del ejercicio 2025 se publicará el 1 de septiembre de 2026.

 

¿Qué es el impuesto sobre las emisiones de CO2 de los vehículos de tracción mecánica?

  • Es un impuesto verde, creado en el año 2017, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa.
  • Grava las emisiones de CO2 de los vehículos por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global y, por tanto, por las consecuencias que puede tener para la salud de las personas.

 

¿Quién debe pagarlo?

  • Las personas, físicas y jurídicas, que durante el año 2025 hayan tenido domicilio fiscal en Catalunya y hayan sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta).
  • Las personas jurídicas sin residencia fiscal en Catalunya pero que, durante 2025, hayan tenido en dicho territorio un establecimiento, sucursal u oficina y hayan sido titulares de algún vehículo domiciliado en Catalunya.

 

¿Cómo puede pagarse?

  • Mediante pago domiciliado: se efectuará un cargo en cuenta a partir del 20.11.2026. Si se domicilia el pago, se obtiene una bonificación del 2%.
  • Si no se ha domiciliado el pago, a partir del 01/09/2026:
    • En la sede electrónica de la ATC: con Bizum, tarjeta de crédito o cargo en cuenta. También se puede acceder a través del código QR de la carta de pago notificada.
    • En el teléfono 012: pago automatizado con tarjeta de crédito.
    • En la ATC le llama (tel. 93 551 51 51): pago asistido con tarjeta de crédito o cargo en cuenta.
    • En entidades financieras colaboradoras (véase la lista en atc.gencat.cat/bancs).
    • En las oficinas de Correos: pago mediante giro postal (coste 1,95 €).
    • En todas las oficinas y delegaciones de la ATC, con cita previa: pago asistido con tarjeta de crédito o cargo en cuenta.

 

Para más información, puedes visitar la web impostco2.gencat.cat

 

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